En reunión de trabajo de la Comisión de Vigilancia, sus integrantes acordaron no aprobar los Informes Individuales de Auditoría de los 114 entes auditables emitidos por la Auditoría Superior del Estado como resultado de la fiscalización de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2020.
En los dictámenes respectivos se indica que como parte del proceso de revisión y análisis de los Informes, General, e Individuales de Auditoría, la Comisión de Vigilancia con el auxilio e intervención de la Unidad de Evaluación y Control, llevó a cabo una revisión aleatoria de 14 expedientes de auditoria, con el objeto de verificar en forma puntual y específica, el cumplimiento y observancia de la normatividad especializada en materia de fiscalización, de los principios fundamentales de auditoría gubernamental, así como el adecuado funcionamiento y conducta profesional de la Auditoría Superior del Estado en la examinación de las cuentas públicas.
Este ejercicio proporcionó a diputadas y diputados elementos de conocimiento de gran valía, que desvelaron una acción deficiente del órgano fiscalizador en el proceso de auditoría, cuyos resultados y conclusiones yacen sobre la base de la incertidumbre y la duda, a todas luces apartados de la realidad no por dicho de esta Comisión legislativa, sino por la misma ciudadanía y las propias administraciones de gobierno que han formulado una diversidad de señalamientos sobre irregularidades detectadas, derivado del proceso de entrega-recepción con motivo del iniciado sus periodos de gobierno.
Y es que no debemos perder de vista que la Auditoría Superior del Estado debe realizar su actividad, su trabajo, sobre la base de la veracidad e imparcialidad, sustentada en la honestidad y el profesionalismo, requisitos “sine qua non” para que los resultados de la fiscalización sean considerados como válidos no solo por quienes integramos este Poder Legislativo, sino por la misma ciudadanía que deposito su confianza en esta representación de la soberanía del pueblo potosino.
De tal manera podemos concluir, que ante la falta de información, de claridad en los procesos y acciones realizados, y en los resultados obtenidos e informados por la Auditoría Superior del Estado, no existen elementos de conocimiento y convicción suficientes que den certeza al Congreso del Estado, sobre el trabajo y actuaciones realizadas por su órgano técnico fiscalizador, de ahí que no se puedan acompañar, compartir, validar y/o respaldar sus actuaciones y resultados, pues en caso contrario estaríamos ante un flagrante incumplimiento del mandato soberano del pueblo que constitucionalmente encomendó a sus representantes populares, a diputadas y diputados, lo que se traduce en un ineficaz control y revisión del gasto público que debió ejercer, lo que pone en duda la razón de ser de este órgano Legislativo respecto a una de las funciones más importantes que tiene a su cargo que es, la de ejercer el control y fiscalización de los recursos públicos, atribución ésta que dimana directamente del principio de división de poderes que se sustenta en un sistema de contrapesos y equilibrios.
Los dictámenes respectivos se presentarán para votación en el pleno del Congreso del Estado.