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IMPULSAN REFORMAS PARA LA ELECCIÓN DE MAGISTRADOS NUMERIOS PARA EL TEJA.

porRedacción

May 29, 2021

A las comisiones de Justicia, Gobernación y Puntos Constitucionales se turnaron las iniciativas que proponen reformar la Ley Orgánica del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa de San Luis Potosí, en sus artículos 57 y 38, en relación al procedimiento para la elección de magistrados numerarios de dicho órgano y para la elección del titular del Órgano Interno de Control.

 

La primera iniciativa propone reformar el párrafo segundo del artículo 57; y adicionar párrafo tercero al mismo artículo de, y la Ley Orgánica del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa de San Luis Potosí, para establecer que para la designación del titular del Órgano Interno de Control, las comisiones de Gobernación y Justicia podrán determinar el procedimiento de elección que se considere más pertinente, emitiendo para ello convocatoria pública, en la que se plantee dicho procedimiento.

 

Además, se indica que dicho funcionario podrá ser removido en cualquier momento por el Congreso del Estado por mayoría calificada, por razón justificada.

 

La segunda iniciativa, busca reformar el párrafo segundo del artículo 38 de la Ley Orgánica del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa de San Luis Potosí, en relación al procedimiento para la elección de Magistrados, por parte del Congreso del Estado, ya que si bien la ley establece la posibilidad de realizar comparecencias con los interesados para probar idoneidad y conocimiento, preparación profesional y experiencia en las áreas administrativa y fiscal, es necesario precisar aspectos torales para 

 

poder efectuar el proceso de manera certera y sobre todo garantizando que se efectúe de manera equitativa e imparcial.

 

Por ello, se propone incluir que dentro de las comparecencias a realizar, las  comisiones legislativas encargadas del dictamen correspondiente, podrán solicitar información adicional a las autoridades y/o a las personas propuestas, relativa a antecedentes administrativos, preparación profesional y en general la información que consideren necesaria para acreditar la idoneidad de las propuestas.

 

Las iniciativas serán analizadas al interior de las comisiones legislativas, en sesiones de trabajo correspondientes.