La diputada María Isabel González Tovar presentó una iniciativa de reforma para reformar el artículo 254, del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de San Luis Potosí, en relación a los procedimientos de notificación.
La iniciativa propone que una vez presentada la demanda con los documentos y copias prevenidos, se correrá traslado de ella, y además se les entregará copia del auto de radicación, así como del acta o constancia que se levante de la misma y cedula de notificación; a la persona o personas contra quienes se proponga, y se les emplazará para que la contesten dentro de nueve días. Este auto será apelable en el efecto devolutivo.
La legisladora manifiesta en su exposición de motivos, que una de las formalidades más importantes en el procedimiento es la notificación, y esta se define como el acto mediante el que se pone en conocimiento de las partes o de terceros, el contenido de una determinación judicial que tiene por objeto, asegurar la vigencia del principio de contradicción y establecer un punto de partida para una adecuada defensa.
De manera que, indica, es pertinente precisar que tal acto de comunicación está destinado a crear un estado de conocimiento en su destinatario; y que se practiquen en cumplimiento a los requisitos previstos por las leyes, “situación que se estima de vital importancia, de manera que para que el interesado que fue emplazado a juicio es determinante conocer a cabalidad la determinación que tomo el juez para llamarlo a juicio, pues no basta con que solo se ejecute la orden a través de un actuario, sin que el gobernado conozca el contenido de la determinación”.
“Por lo que es de vital importancia que el auto de radicación se le corra traslado al demandado al momento de su emplazamiento y así garantizar el principio de certeza y seguridad jurídica, consagrado en los preceptos constitucionales invocados en la presente exposición de motivos”, indica la legisladora.
La iniciativa se encuentra en análisis en la Comisión de Justicia.