Con la reforma aprobada por el Congreso del Estado a la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, se busca ampliar la participación ciudadana en los Consejos Municipales de Desarrollo Urbano y Vivienda al incorporar a representantes de las instituciones educativas y de investigación, que tengan actividades relacionadas a desarrollo urbano y vivienda.
En los casos que no existan éstas en el Municipio, atendiendo a los diferentes condiciones de desarrollo, se podrán incorporar a representantes de estas instituciones de nivel regional.
En la exposición de motivos de este dictamen, se indica que con la inclusión de las instituciones educativas relacionadas con el desarrollo urbano, y la vivienda, se brindarán mayores espacios para la participación social, y que participarán dentro de los Consejos junto con los representantes de los Colegios y asociaciones de profesionistas que estén legalmente constituidos y registrados ante las autoridades competentes, y que guarden relación con los temas que son competencia del Desarrollo Urbano; cámaras de la construcción, vivienda, y servicios con representación en el municipio, organismos no gubernamentales, asociaciones u organizaciones populares que tengan presencia en el municipio y que sus actividades se relacionen con el desarrollo urbano y vivienda.
Se agrega que la inclusión de la participación social en la legislación mexicana es relativamente nueva y sobre todo, ha sido útil para conocer y considerar las necesidades de la sociedad en el medio urbano.
Sin embargo, para lograr sus objetivos, se requiere que coadyuve con la autoridad de manera constante y ordenada, para así, de manera coordinada, se encaminen los esfuerzos dirigidos al bien común y la justicia social anhelada por toda sociedad.
La materia de ordenamiento territorial no está exenta de incluir en la legislación los diversos mecanismos de participación ciudadana, en donde sus opiniones, en conjunto con las autoridades y demás organizaciones, vierten sus propuestas de manera colegiada, en las instancias creadas para tales fines, tales como lo son los Consejos Municipales de Desarrollo Urbano y Vivienda.
La trascendencia de estas instancias, radica en el objeto de su creación y el cual es encaminado a proporcionar asesoría y consulta a los ayuntamientos en materia de ordenamiento territorial de los asentamientos humanos, de desarrollo urbano de los centros de población y vivienda en su jurisdicción territorial, rigiéndose en cuanto a su organización y funcionamiento por lo que determinen sus respectivos reglamentos.