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AUTORIDADES DEBERÁN DAR SEGUIMIENTO A LA CONVIVENCIA ENTRE PADRES Y NIÑAS Y NIÑOS DADOS EN ADOPCIÓN.

porRedacción

Ene 13, 2021

El diputado Cándido Ochoa Rojas, presentó una iniciativa que busca reformar el artículo 28 de La Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado, la razón esencial de esta iniciativa es darle facultades a la autoridad, para que se otorgue un documento con vigencia en esa parte del procedimiento de adopción, a fin de que se determine esa calidad al solicitante de adopción durante el periodo de tiempo previo a la declaración de adopción, toda vez que en la actualidad existe un vacío al respecto.

Así mismo en la actual redacción se establece que la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, deberá dar seguimiento a la convivencia, con el fin de prevenir o superar las dificultades que se puedan presenta; sin embargo, es omiso este numeral en precisar la periodicidad con que deba realizarse ese seguimiento.

Al igual que tampoco nada dice de la intervención de personal de trabajo social y psicología, ni mucho menos que ello sea respecto de la adaptación del menor a su nueva familia, sino que señala que se debe dar seguimiento para superar las dificultades que se puedan presentar.

La propuesta estipula que, el Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, una vez que se haya autorizado la asignación de niñas, niños o adolescentes bajo la figura de acogida preadoptiva, otorgará al solicitante de adopción una constancia, con vigencia del periodo de pre adopción; tiempo en el que realizará mensualmente visitas con personal de trabajo social y psicología, para constatar la adaptación del menor a su nueva familia, así como las condiciones del entorno y de bienestar en que se le tenga, constancias que se agregarán al expediente respectivo.

La iniciativa fue turnada a comisiones para su análisis y posteriormente ser enviada al Pleno del Congreso del Estado para su discusión y votación.